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BOLETÍN OFICIAL DE CANARIAS Nº 172, 01 DE SEPTIEMBRE DE 2010
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

RESOLUCIÓN de 23 de agosto de 2010, del Director, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de innovación empresarial y se efectúa convocatoria para 2010.

Plazo de Solicitudes

02/09/2010  al 04/10/2010

Sector

Todos.

Beneficiarios

Empresas establecidas en Canarias que realicen proyectos innovadores.

Objeto

Apoyar proyectos innovadores que cumplan los siguientes requisitos.

1. Proyectos empresariales de innovación tecnológica que cubran alguno de los siguientes supuestos:

• Promover o consolidar las actividades de las empresas de base tecnológica (EBTs) para sus subproductos y servicios.
• Incorporación y adaptación de tecnología a la empresa que suponga una gran innovación, marcando un salto tecnológico.
• Aplicación de un método de producción, servicio, ventas, suministro, significativamente mejorado.
• Reconversión o diversificación de su actividad productiva.

2. Proyectos Empresariales de innovación tecnológica en cooperación para mejorar la cadena de valor de un producto, tecnología común, gestión logística, medioambiental o energética.

3. Proyectos Empresariales de desarrollo experimental: desarrollo de prototipos, pilotos, demostradores, siempre que no vayan destinados a usos comerciales.

Acciones Subvencionables

1. Inversión en activos tangibles:

• Obra civil menor específica del proyecto.
• Adquisión y montaje de maquinaria y bienes de primer uso.
• Instalaciones relacionadas con la maquinaria del proyecto.

2. Inversión en activos intangibles:

• Transferencia de tecnología externa a la empresa solicitante.
• Gastos de registro de derechos de la propiedad industrial y de la propiedad intelectual.

3. Personal:

• Costes de personal dedicado exclusivamente al proyecto:
o Hasta un 40% del presupuesto del proyecto si se emplea el personal contratado.
o Hasta un 65% si se contrata personal técnico específico para el proyecto, aumentando la plantilla.

4. Colaboraciones externas:

• Redacción del proyecto.
• Estudios de viabilidad técnico-económica.
• Coste en colaboraciones externas de personal científico y tecnológico.

5. Otros gastos:

• Gastos de difusión y publicidad.
• Auditorías.
• Otros gastos inherentes al proyecto y aceptados expresamente en la resolución de concesión

Cuantía

La subvención será del 50% del coste aprobado del proyecto hasta un máximo de 125.000€ por beneficiario.

No se admitirán proyectos cuyo costes subvencionables sean inferiores a 20.000€.

Sólo se admitirá un proyecto por beneficiario y por convocatoria.

Solicitud

Se hará telemáticamente, mediante DNIe, certificado digital o firma digital.

En caso de no poder hacerlo telemáticamente por causa mayor, se deberán seguir los pasos descritos en el siguiente enlace:

http://www.gobiernodecanarias.org/aciisi

Otros datos

- Inicio del período subvencionable: A partir del día 1 de enero de 2010.
- Plazo de realización: Del 1 de enero al 30 de junio de 2010.
- El plazo de justificación de la subvención: dos meses a contar desde de finalización del plazo de realización del proyecto subvencionado.
- Se podrá solicitar el pago anticipado hasta el 30 de noviembre de 2010.

- 02/09/2010
Ficheros adjuntos - innovacion.pdf

 

BOLETÍN OFICIAL DE CANARIAS Nº 157, 11 DE AGOSTO DE 2010
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para infraestructuras y equipamiento industrial en suelo industrial, cofinanciadas en un 75% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), para el período 2010-2013

Objeto y finalidad

Subvenciones destinadas a infraestructuras y equipamiento industrial en suelo industrial

• Red de telecomunicaciones de banda ancha.
• Infraestructuras comunes de evacuación de energía de instalaciones de producción en régimen especial.
• Inversiones específicas de logística industrial para la gestión colectiva de residuos, consumos energéticos, contaminación de suelos, aire, etc.
• Instalaciones comunes de naturaleza logística: muelles, zonas de estacionamiento para vehículos pesados u otras operaciones para los transportes.
• Instalaciones técnicas de servicios auxiliares (agua, electricidad, etc) y de seguridad industrial, tales como instalaciones de protección contra incendios.
• Viales, aceras, alumbrado y señalética.
• Pequeñas edificaciones para oficinas de gestión del propio polígono.

Beneficiarios

Podrán acogerse las personas físicas o jurídicas, sean de carácter público o privado, independientes de su firma jurídica,  que promuevan en canarias proyectos de provisión y adecuación de espacios productivos en suelo industrial, en los términos indicados en las presentes bases.

Requisitos Generales

Que de los datos aportados , tanto en los impresos normalizados como en la memoria que acompaña a la solicitud, se deduzca que el proyecto está adecuadamente definido y evidencia una descripción suficiente para ser evaluado, conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases específicas.
- Se deberá acreditar la viabilidad financiera del proyecto a realizar.

Inicio inversión y plazos de realización y justificación

 A partir del día 14 de abril de 2009, finalizando el plazo de justificación el 30 de noviembre de 2010.

Plazo de presentación de solicitudes

Es de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria, siendo la fecha límite 29 de septiembre.

Solicitud del abono anticipado (conlleva ampliación del plazo de realización y justificación hasta el 15 de noviembre de 2011

Tendrá que ser presentada antes del 30 de noviembre de 2010, de ser aceptada la misma, automáticamente quedarán ampliados el plazo de realización y justificación hasta el 15 de noviembre de 2011.

- 02/09/2010
Ficheros adjuntos - equipamiento.pdf

 

BOLETÍN OFICIAL DE CANARIAS Nº 157, 11 DE AGOSTO DE 2010
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la seguridad industrial en el periodo 2010-2013.

Objeto y finalidad

Implantación de las medidas de seguridad industrial, relativas a las siguientes disposiciones:

- Aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
- Adaptación total o parcial al reglamento de Seguridad Contra Incendios en establecimientos industriales ya existentes.
- Adaptación de calderas al Reglamento de equipos a presión aprobado por el reglamento 2060/2008.
- Sustitución de refrigerantes de tipo HCFC (hidroclorofluorocarburos).

Beneficiario

Podrán ser beneficiario de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que con fecha anterior a la entrada en vigor de las prescripciones técnicas reglamentarias a las que obedece la inversión estén inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales en el ámbito territorial de Canarias.

Requisitos Generales

- Que de los datos aportados , tanto en los impresos normalizados como en la memoria que acompaña a la solicitud, se deduzca que el proyecto está adecuadamente definido y evidencia una descripción suficiente para ser evaluado, conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases específicas.
- Se deberá acreditar la viabilidad financiera del proyecto a realizar.

Inicio inversión y plazos de realización y justificación

 A partir del día 1 de enero de la correspondiente convocatoria (2010), finalizando el plazo de justificación el 30 de noviembre de 2010.

Plazo de presentación de solicitudes

Es de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria, siendo la fecha límite 29 de septiembre.

Solicitud del abono anticipado

Tendrá que ser presentada antes del 30 de noviembre de 2010, de ser aceptada la misma, automáticamente quedarán ampliados el plazo de realización y justificación hasta el 15 de noviembre de 2011.

- 02/09/2010
Ficheros adjuntos - seguridad.pdf

 

AYUDAS / SUBVENCIONES


BOLETÍN OFICIAL DE CANARIAS Nº 157, 11 DE AGOSTO DE 2010


CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO


ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo s la seguridad industrial en el período 2010-2013

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BOLETÍN OFICIAL DE CANARIAS Nº 157, 11 DE AGOSTO DE 2010


CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO


ORDEN de 30 de julio de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para infraestructuras y equipamiento industrial en suelo industrial, cofinanciadas en un 75% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), para el período 2010-2013

- 19/08/2010
Ficheros adjuntos - Subvenciones.pdf

 

FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS.-


La Fundación de referencia, ha publicado ANUNCIO en el B.O.E. nº 198 del día de ayer, dando a conocer Convocatoria de subvenciones para la formación y el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos LOPD-2010.

Estas acciones pueden ser solicitadas únicamente por entidades de todo tipo, que tengan entre 1 y 5 trabajadores, con manejo de archivo de datos de salud de sus clientes (nivel de protección alto de datos-art. 81.3 RD 1720/2007).

La financiación de acciones se limitará a las primeras 100 entidades admitidas.

El plazo de recepción de solicitudes será hasta el 30 de octubre de 2010.

La información sobre la convocatoria y la solicitud de asignación de recursos se pueden obtener en la página web de la Fundación, www.fepd.es, así como en el teléfono 91 454 72 83, fax 91 454 70 01 y mediante correo electrónico:
fundacionepd@fepd.es .

Dada la importancia de la normativa en el ámbito de la protección de datos de carácter personal y la obligación de su cumplimiento, es notoria la importancia de concurrir a ésta convocatoria, si fuera el caso.

Arrecife, 17 de agosto de 2010.

- 17/08/2010
Ficheros adjuntos - LOPD.pdf

 
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